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viernes 26 abril 2024

Las novedades migratorias cierran el 2021.

Dentro de varias decisiones nacionales e internacionales, las cuales marcan los acontecimientos migratorios, tenemos que iniciar con la más relevante, la tomada por los EE. UU., y su Presidente Joe Biden, quien conminó a sus aliados a colaborar con Haití a fin de mejorar sus condiciones de ingobernabilidad. 

La Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS), ha eximido temporalmente el requisito de que los médicos civiles firmen el Formulario I-693 (Informe de Examen Médico y Registro de Vacunación), no más de 60 días antes de que el solicitante presente un formulario para el beneficio de inmigración subyacente (que incluye el Formulario I-485, denominado Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus), hasta el 30 de septiembre de 2022.

 Los documentos que contiene  ese paquete, los que se envían junto a toda la documentación del caso, contiene certificados médicos y pruebas de vacunas. La firma del médico no debe de tener más de 60 días, dice el reglamento. Pero ahora lo han eximido hasta finales de septiembre del próximo año”,  Lo que se constituirá en ahorros  económicos y ganancia de tiempo en los procesos migratorios para los usuarios.

Otra gran novedad ha sido la Eliminan la Regla Técnica de los 90 Días.

 La alentadora noticia para los viajeros con visa de No Inmigrante, pues el Gobierno de los Estados Unidos eliminó la Regla Técnica de los 90 días en Migración.

Con esta regla, las personas no inmigrantes para hacer un cambio o proceso de ajuste de estatus dentro de los EE. UU, tenían que esperar ese tiempo, porque si no, se entendía que habían cometido perjurio al entrar a territorio estadounidense, especialmente con una visa de turista, y declarando que tenía la intención de hacer turismo.

De igual manera, una persona que ingresaba con visa de turista y decidía quedarse para someter su proceso de residencia dentro de Estados Unidos, corría el riego de que le declararan  inadmisible su solicitud y verse precisado a retornar de manera forzosa a su país de origen, con esta eliminación de la citada regla, estamos frente a una gran  ventaja, porque ahora en apenas días pudiera completar su expediente de manera satisfactoria.

Un acontecimiento histórico, la bienvenida de República Dominicana al programa de Visados H2b sobre Trabajadores No agrícolas en los EE. UU.

Un paso interesantísimo, pues por muchos años había sido el anhelo de cientos de dominicanos, hoy celebramos ser parte de este importante programa, donde las empresas estadounidenses tendrán la oportunidad de contratar trabajadores dominicanos.  Estos contratos podrán ser aprobados en principio por un año, con posibilidad de renovación al año siguientes y finalmente al tercer año, y ya al término de este tercer periodo. Los beneficiarios de las visas H-2B deberán salir de EE.UU., por un periodo de 3 meses ininterrumpidos antes de solicitar la readmisión bajo el mismo tipo de visa. 

Ahora bien, crear la confianza necesaria mediante el respeto a las normas, será el gran desafío de los dominicanos.

El entusiasmo y esperanzas se han apoderado de los aspirantes a trabajar en los EE UU., pero es oportuno que sepan; que es mandatorio no haber violentado las leyes locales ni internacionales, pues toda persona en conflicto con las leyes es considerada inelegible para ingresar a los EE. UU., además este tipo de visado No es susceptible de waiver (perdón).

Nuevas exigencias para el ESTA.

 Electronic System for Travel Authorization, se corresponde a un sistema automatizado que determina la elegibilidad de los visitantes para viajar a los Estados Unidos bajo un programa de Visa Waiver.  Este programa fue diseñado para uso de los ciudadanos de la comunidad europea. El Esta fue gestionado por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), de los Estados Unidos, el mismo determina si los aplicantes cumplen con los requisitos para viajar a dicha nación, en el marco del programa de exención de visado.

Desde marzo del 2019 se ha limitado el otorgamiento de este permiso, en virtud de que cientos de ciudadanos europeos excedieron su estancia sin justificación valida. Este permiso ha sido concebido para una estancia máxima de 90 días.  De inicio el permiso  Esta  era otorgado por un máximo de 2 años, pero luego de la pandemia esto ha variado y hemos visto muchas aprobaciones por un periodo de un año, claro esto no significa que el beneficiario deba agotar estancia por el periodo otorgada, recuerde que no deberá exceder su estancia de 90 días, ya que se estila que es por turismo  o negocios.

Nuevas exigencias para el otorgamiento del Esta.  Se les está exigiendo a los aplicantes una cuarentena de 14 días,  previo a la solicitud, si recién han viajado a otro país.  El auge de la Pandemia del Covid 19, ha promovido dicha decisión, la cual está fundamentada en la Proclamación Presidencial 10143, la misma suspende la entrada a los EE. UU., a todos los ciudadanos extranjeros que hayan viajado algún estado de la comunidad Schengen.

Vamos a lo nuestro, las decisiones migratorias del Consejo Nacional de Migración República Dominicana.

Las decisiones del gobierno de Luis Abinader, anunciadas por el Consejo Nacional de Migración, fueron: Auditar el Plan Nacional de Regulación para determinar si las personas auditadas califican;  también se decidió establecer 38 oficinas en todo el territorio nacional para identificar a ciudadanos extranjeros; de igual manera organizar reuniones con sectores productivos para definir la mano de obra inmigrante; limitar, solo en caso de emergencia, el acceso a los hospitales públicos el acceso de todos los inmigrantes ilegales. Estas reuniones se están efectuando de manera satisfactoria, donde el Ministerio de Interior y Policía Chu Vásquez ha tenido la iniciativa de informar e ilustrar de manera integral a todos los sectores 

Entre las medidas tomadas se encuentra la realización de una auditoría a los 220 mil extranjeros que fueron regularizados en el Plan Nacional de Regularización, implementado por el gobierno pasado, a los fines de determinar quienes califican.

También se acordó y cabe destacar, que se están realizando reuniones con los sectores productivos para socializar las decisiones tomadas por dicho consejo, a fin de que se conozcan en detalles los pasos a seguir, a la hora de contratar extranjeros conforme a las disposiciones de la Ley de Migración y su Reglamento de aplicación.

De igual manera, el Consejo Nacional de Migración resolvió adoptar la Resolución 01-14, que dispone medidas para priorizar la incorporación de trabajadores temporeros al  Plan Nacional de Regularización de Extranjeros en Situación Migratoria Irregular, instituido mediante el decreto 327-13. La Resolución declara de alta prioridad la regularización de los trabajadores temporeros  de nacionalidad extranjera involucrados en la producción nacional y, en ese sentido, se solicitó al Ministerio de Relaciones Exteriores la puesta en vigencia de una nueva categoría de visado, la de trabajador temporero, que fue dispuesta por la Ley 285-04 General de Migración en el año 2004.  Al mismo tiempo, se solicitó que se instruya a los consulados dominicanos sobre los requisitos y procedimientos de tramitación.

Dra. Carmen S. Herrera

Experta en Derecho de Familia y Migratorio

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