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martes 10 diciembre 2024

Palabras de la magistrada Eunisis Vásquez sobre la libertad de expresión

Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa.

Soy la magistrada Eunisis Vásquez, jueza segunda sustituta de presidente del Tribunal Constitucional. En el marco de la celebración de esta audiencia solemne, me corresponde compartir unas breves palabras respecto al derecho fundamental a la libertad de expresión e información, consagrado en el artículo 49 de nuestra Constitución; el cual señala textualmente:

“Artículo 49.- Libertad de expresión e información. Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa.

1) Toda persona tiene derecho a la información. Este derecho comprende buscar, investigar, recibir y difundir información de todo tipo, de carácter público, por cualquier medio, canal o vía, conforme determinan la Constitución y la ley;

2) Todos los medios de información tienen libre acceso a las fuentes noticiosas oficiales y privadas de interés público, de conformidad con la ley;

3) El secreto profesional y la cláusula de conciencia del periodista están protegidos por la Constitución y la ley;

4) Toda persona tiene derecho a la réplica y rectificación cuando se sienta lesionada por informaciones difundidas. Este derecho se ejercerá de conformidad con la ley;

5) La ley garantiza el acceso equitativo y plural de todos los sectores sociales y políticos a los medios de comunicación propiedad del Estado.

Párrafo. – El disfrute de estas libertades se ejercerá respetando el derecho al honor, a la intimidad, así como a la dignidad y la moral de las personas, en especial la protección de la juventud y de la infancia, de conformidad con la ley y el orden público».

El artículo 49 no sólo consagra el derecho a la libertad de expresión, sino que prevé sus límites.

Este derecho fundamental nos permite manifestar pensamientos, ideas y opiniones por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa. Es un pilar de nuestra democracia, ya que garantiza el libre intercambio de ideas y el debate público, elementos indispensables para el desarrollo de una sociedad plural y participativa, que no sólo abarca la expresión, sino también el acceso a la información.

Debemos fomentar que el diálogo y la crítica constructiva sean posibles, pero siempre dentro de un marco de respeto mutuo. Al hacerlo, protegemos el derecho al honor, la intimidad, y la dignidad de las personas, y también promovemos una cultura de paz.

Nos corresponde a todos, como sociedad, asegurar que estos derechos se ejerzan de manera responsable y respetuosa, fortaleciendo así el Estado de derecho.

Duarte erigió este derecho fundamental en símbolo patrio al incluir en nuestra bandera nacional el texto de la biblia donde se desarrolla la verdad y la libertad en el evangelio según San Juan, cap. 8, versículo 32.

La noción de libertad está relacionada con el pueblo dominicano no solo como un texto sino como una expresión patriótica que se manifiesta en acciones que se esparcen en los vientos al ondear nuestra bandera, expresando que nuestro país adoptó la noción de libertad desde su origen y nacimiento como su propia idiosincrasia. Somos inquebrantablemente un país donde se preserva la libertad como un valor inherente a nuestra ciudadanía y a nuestra vocación de ser dominicano.

Muchas gracias!

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