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viernes 26 julio 2024

Tipificación de delitos electorales y medidas preventivas para garantizar la democracia

Para combatir estos actos, se insta a la ciudadanía a utilizar los recursos disponibles para denunciar cualquier irregularidad.

En cumplimiento con la legislación vigente, se informa a la ciudadanía sobre la tipificación de delitos electorales y las consecuencias legales para quienes incurran en tales prácticas. De acuerdo con las disposiciones legales, se establece que:

  1. Despido o Amenazas por Ejercer el Derecho al Voto: Aquellos que despidan, amenacen con despedir o descuenten parte del salario a sus empleados por acudir a votar, serán sancionados con penas de uno a seis meses de prisión y multas de uno a cinco salarios mínimos del sector público.
  2. Delitos Calificados como Agravados: Se consideran agravados aquellos actos que atenten gravemente contra la integridad del proceso electoral, incluyendo la manipulación de boletas, el escrutinio fraudulento y otras prácticas ilícitas. Los culpables de estos delitos se enfrentan a penas de tres a diez años de prisión y multas de uno a diez salarios mínimos del sector público.

Para combatir estos actos, se insta a la ciudadanía a utilizar los recursos disponibles para denunciar cualquier irregularidad. Entidades como Participación Ciudadana han habilitado la plataforma web atentoatuvoto.org para que los ciudadanos puedan reportar delitos electorales de manera anónima y segura.

Además, la Junta Central Electoral (JCE) ha implementado medidas para facilitar la denuncia y el procesamiento de estos delitos, incluyendo un mapa interactivo en su página electrónica que señala la fiscalía electoral competente en cada demarcación para tramitar las denuncias.

Es responsabilidad de todos proteger la integridad de nuestros procesos democráticos. Con la colaboración de la ciudadanía y el cumplimiento de la ley, podemos garantizar elecciones libres y justas.

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