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viernes 26 abril 2024

Incentivo a la corrupción | El Informe con Alicia Ortega

El Informe. Transmitido por Color visión en vivo

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Por: Luz Colmenares / Color visión

Con 146 un votos a favor y 14 en contra, se aprobó en primera lectura el proyecto de ley que modificaría el código penal vigente; y como consecuencia, se ha desatado una ola de críticas. La aparente laxitud de delitos de corrupción con la que fue aprobada la pieza legislativa, es un “incentivo a la corrupción” según algunos expertos.

El descontento ronda alrededor del artículo 303 del mencionado documento, el cual cita que “todo funcionario o servidor público que prevaliéndose de su posición obtenga para sí o terceros provecho económico, mal utilice los bienes públicos para beneficio privado, ofrezca prometa o realice actividad inherente a su cargo comete la infracción de corrupción,  será sancionado con dos a tres años de prisión e inhabilitación para ocupar funciones públicas por un término de 5 a 10 años”.

Del art 308 al 320, el proyecto también enumera diferentes delitos de funcionarios o servidores públicos, diferenciando el cohecho activo y pasivo. Por otro lado, otros artículos relacionados con estos delitos, penalizan la malversación de fondos públicos, conflicto de intereses, obtención de beneficios por concesión dolosa de ventajas a terceros, sobrevaluación ilegal, entre otros, todos estos llevarían entre 4 a 10 años de prisión mayor y multas.

En el caso del peculado, todo funcionario que sustraiga, distraiga o se sirva de  fondos públicos o de cualquier objeto que le haya sido entregado para su administración, será sancionado con prisión mayor de 10 a 20 años.

Principales oposiciones hacia el nuevo código penal

Servio Tulio Castaños, vicepresidente ejecutivo de FINJUS, critica que el nuevo código penal, en el artículo 303 en los aspectos relativos a la corrupción, tenga una pena de solo 2 o 3 años; manifiesta sentirse sorprendido de que se aprobara algo que va en contra de todos los tratados internacionales, y que indirectamente incentiva la corrupción.

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 El jurista Francisco Álvarez, por su parte, cuestiona el hecho de que se pueda tratar de una medida para crear un tipo penal acomodado; enfatizando que el error de la comisión encargada del documento, ha sido establecer una sanción de tipo penal con prisión menor de 2 a 3 años, sugiriendo que la corrupción es un tipo de delito menos grave, lo cual a su criterio es grave. Además de ello, señala que se suprimió en el documento un tipo penal muy común, que es la coalición de funcionarios para violar la ley.

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Las discrepancias en torno al castigo de la corrupción también se dieron a lo interno de la cámara de diputados. En torno a ello, Alfredo Pacheco, presidente de la cámara de diputados, expresó el deseo de realizar modificaciones al documento para evitar situaciones confusas; sin embargo, por la oposición de un grupo de diputados el documento se aprobó sin modificaciones, con la intención de modificar algunos aspectos en la segunda lectura. Con relación a las penas, Pacheco plantea prisión mayor por el cargo de corrupción simple de 10 a 20 años, y cuando se trate de corrupción agravada o reincidencia, 20 a 40 años y con el cumulo de penas pueda llegar a los 60 años.

Finalmente, la comisión coordinadora determino que fuese revisado el documento. Para ello, desde este martes los diputados estarán en sesión permanente y la siguiente semana recibirán en vistas públicas o todo aquel que quiera expresarse en torno a las modificaciones que se pretenden aprobar en segunda lectura.

Expertos juristas aseguran que la única salida es la modificación al artículo 303 a través del aumento de las penas o su eliminación total del documento.

Defensores de al pieza legislativa

 Alexis Jiménez, presidente de la comisión de justicia de la cámara de diputados expresa que no es verdad que se bajó la pena del delito de corrupción; defiende que lo aprobado busca categorizar las penas en leves, graves y muy graves. Asimismo, Jiménez afirma que esta comisión tiene un compromiso con la transparencia y la persecución a la corrupción.

En sus palabras, la clave está en el cumulo de penas por delitos relacionados, que les varían las condenas a un mínimo de 21 años.  Señala también que con el tema de la corrupción, las novedades aplicadas permitirán el castigo al corrupto pero también al corruptor; a través de una persecución idónea, real y ágil con los tipos penal que en cada caso aplique. Jiménez adicionalmente menciona que, aunque no lo estipule el nuevo código, prevén el decomiso de bienes, la confiscación y la indemnización al estado con 3 o  10 veces lo robado. En lo relativo a las discrepancias, el presidente de la comisión de justicia enfatiza que han estado trabajando con las observaciones planteadas por FINJUS.


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