La nueva normativa propone la inclusión del ITBIS en servicios antes no gravados, como gimnasios y comedores, así como en eventos artísticos, culturales y deportivos.
El Gobierno ha presentado el anteproyecto de Ley de Reestructuración y Actualización Tributaria, el cual propone significativas reformas en el cobro del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), afectando sectores y servicios previamente exentos.
Cambios en el ITBIS
La nueva normativa propone la inclusión del ITBIS en servicios antes no gravados, como gimnasios y comedores, así como en eventos artísticos, culturales y deportivos. Por otro lado, se eliminan del ITBIS ciertos bienes y servicios, los cuales pasarán a ser gravados con el Impuesto Selectivo, entre ellos: cerveza, bebidas alcohólicas, productos del tabaco, maltas, bebidas gaseosas y agua gasificada.
Además, las telecomunicaciones, televisión por cable, bares, restaurantes, comedores y servicios de catering también se verán afectados por estos cambios.
Diferentes Categorías de ITBIS
El proyecto plantea tres categorías y tasas diferenciadas del ITBIS:
- Exenciones: La transferencia e importación de bienes naturales sin transformación estarán 100% exentos de ITBIS.
- Tasa Reducida (3%): Aplicable a bienes industrializados considerados de importancia para la población, como aquellos que forman parte de la canasta familiar, insumos, equipos y maquinarias para la producción y salud.
- Tasa General (18%): Para los demás bienes y servicios no especificados en las categorías anteriores.
Modificaciones en Impuestos Selectivos
El anteproyecto elimina el ITBIS en el servicio de telecomunicaciones, estableciendo una tasa del Impuesto Selectivo del 24%, una reducción significativa comparada con el 10% de Selectivo más 18% de ITBIS actualmente en vigor. Esto, según el proyecto, beneficiará a las clases menos favorecidas y aumentará las recaudaciones fiscales.
En cuanto a los seguros, se propone una tasa del 18% sobre el servicio, una actualización respecto al 16% del Impuesto Selectivo actual.
Impuesto a Personas Físicas y Sociedades
El proyecto ajusta las tasas de impuestos tomando en cuenta la inflación y el principio de capacidad contributiva:
- Personas Físicas: Se incrementa el mínimo imponible anual a RD$700,000.00, beneficiando a la clase media. La tasa para personas físicas de mayores ingresos se eleva del 25% al 27%.
- Sociedades: La tasa del impuesto aumenta provisionalmente del 27% al 30%, con una reducción progresiva: 29% en el segundo año, 28% en el tercer año y 27% a partir del cuarto año.
Además, se reduce el Impuesto a los Dividendos y Remesas de Utilidades al 5%, eliminándose en dos años, junto con la eliminación del Impuesto a los Activos en el mismo plazo.
Estas reformas buscan una mayor equidad y justicia en el sistema tributario, así como un incremento en la recaudación fiscal que permita una mejor distribución de la riqueza y un apoyo significativo a las clases menos favorecidas.