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viernes 29 marzo 2024

TSE se declara incompetente para conocer recurso contra el presidente y el Plan Social

SANTO DOMINGO, República Dominicana.-Por considerar que se trata de un litigio administrativo, el Tribunal Superior Electoral se declaró incompetente para conocer el amparo del Frente Amplio contra el presidente Medina y la directora del Plan Social por las controvertidas compras de artículos asistenciales de esa institución durante el periodo electoral.

Los jueces de la alta corte determinaron a unanimidad que la acción de amparo del Frente Amplio no tiene su origen en un asunto contencioso Electoral ni es un diferendo entre partidos, por ello la remitieron al Tribunal Superior Administración.

La decisión de los jueces coincide con los argumentos que habían presentado los representantes del presidente Medina y la directora del Plan Social, Iris Guaba, cuando solicitaron la excepción de competencia en la materia a esta alta corte.

Con esta decisión, la alta corte afirma que mantiene el precedente de su sentencia 13-2019 en la que también se declaró incompetente para conocer un amparo presentado por dos personas contra la Junta Central a fin de que esa institución permitiera que la ciudadanía participara en las vistas públicas sobre el método de votación.

Mientras, en el PLD atribuyen a asuntos políticos el recurso del Frente Amplio, el partido opositor afirma que con estas compras millonarias, el oficialista pretende incidir en el voto de la gente, afectando la igualdad en la competencia electoral.

En cinco días hábiles, el tribunal superior electoral comunicará las motivaciones completas de su sentencia, de la cual sólo adelantó el dispositivo.

En esta decisión el TSE también ordenó que la secretaria general de esta alta corte comunique en inventario los documentos de este caso al Tribunal Superior Administrativo.

El jurista Julio Cury quien representa al presidente, informó que Medina no tendría que asistir a la audiencia.

Dijo que el TSE lo que ha emitido hasta el momento es una autorización a citación y que, por tanto, el gobernante puede hacerse representar por sus abogados porque el proceso todavía no ha sido instruido.

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