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miércoles 09 octubre 2024

Rechazan delaciones premiadas en caso Odebrecht y MP no está de acuerdo

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Por Wilkin De La Cruz / NOTICIAS SIN

SANTO DOMINGO.- El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional ratificó su rechazó a incorporar como evidencias las delaciones premiadas de ejecutivos de la constructora Brasileña Odebrecht contra los seis imputados de alegadamente haber recibido sobornos.

El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional ratificó su rechazó a incorporar como evidencias las delaciones premiadas de ejecutivos de la constructora Brasileña Odebrecht contra los seis imputados de alegadamente haber recibido sobornos.

Las juezas acogieron el pedimento de las defensas de los imputados a unanimidad por considerar que el Ministerio Público no cumplió las formalidades establecidas en la constitución y las leyes.

Con esas evidencias la Fiscalía pretendía probar la participación de los imputados en la repartición de los sobornos de otorgados por la empresa brasileña para conseguir obras en el país.

Sobre la exclusión de las delaciones premiadas por parte del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que conoce el expediente, la fiscal Mirna Ortiz dijo que “es una decisión que no compartimos, pero que aceptamos”.

“Los casos no se ganan con una sola prueba, el Ministerio Público ha incorporado 538 pruebas y más de 21 testigos, y continuamos incorporando pruebas”, precisó.

Para abogados penalistas consultados por Noticias SIN la decisión de este martes es un duro golpe para las pretensiones del Ministerio Público debido a que alegadamente esas pruebas eran su principal arma.

En el caso Odebrecht están imputados Ángel Rondón, Víctor Díaz Rua, Conrado Pitaluga, Tommy Galán, Andrés Bautista y Roberto Rodríguez.

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Las juezas afirmaron que aunque el Ministerio Público tenía autorización para interrogar a los testigos no lo hizo y tampoco los ofertó como testigos en la fase preparatoria.

De acuerdo a la decisión de las juezas, el Ministerio Público sabe que desde el 2014 se pueden recibir testimonios por vía telemática como lo establece la convención de Palermo por lo que no puede alegar ignorancia.

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