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SANTO DOMINGO.- Es oficial, el toque de queda fue ampliado por 20 días y en lo adelante permitirá dos horas más de movilidad en todo el país.
Mediante el decreto 504-20 el presidente Luis Abinader dispuso que desde hoy y hasta el 17 de octubre en el país se mantenga el toque de queda será de lunes a viernes de 9:00 p.m. a 5:00 a.m. y los sábados y domingos de 7:00 p.m. a 5:00 a.m.
«Se ratifica el uso obligatorio de mascarillas en los lugares públicos y en los lugares privados de uso público como medida esencial para controlar la propagación de la COVID-19, cuyo incumplimiento será sancionado con las disposiciones que establece la Ley núm. 42-01, General de Salud, del 8 de marzo de 2001», establece el artículo 3 del decreto.
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Como en decretos anteriores, este establece las excepciones a la limitación de movilidad.
En primer lugar están las personas dedicadas a los servicios de salud, tales como médicos, enfermeros, bioanalistas, personal paramédico y personal farmacéutico. Asimismo quienes tengan emergencia médica que necesiten dirigirse a algún centro de salud o farmacia.
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Tienen permitida la circulación, siempre que presenten justificantes, las personas dedicadas a labores de seguridad privada debidamente identificadas, los miembros de la prensa y personal de medios de comunicación que estén acreditados.
Otros que podrán circular tras la entrada del toque de queda son los operadores de vehículos y técnicos de empresas e instituciones prestadoras de servicios de energía, agua, telecomunicaciones y recogida de desechos sólidos debidamente identificados, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
Operadores de vehículos dedicados a la distribución urbana e interurbana de mercancías, insumos y combustible debidamente identificados, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales, igualmente.
«Personas que laboren en la industria y el comercio de alimentos y productos médicos y farmacéuticos y estén en tránsito hacia o desde sus lugares de trabajo, siempre que porten identificación de una empresa autorizada», detalla el decreto.
Boletín Especial Epidemiológico #193 • Enfermedad por #coronavirusrd (COVID-19). 27/09/2020 pic.twitter.com/nWguhrreU6
— Salud Pública RD (@SaludPublicaRD) September 28, 2020
Los pasajeros internacionales y operadores de vehículos particulares o comerciales que estén trasladando a estos, así como empleados del sector de transporte marítimo y aéreo debidamente identificados, en tránsito hacia o desde puertos y aeropuertos también podrán transitar.
Decreto 504-20
— Noticias SIN (@SIN24Horas) September 28, 2020
Decreto presidencial establece toque de queda desde las 9pm a 5am de lunes a viernes y sábado y domingo de 7pm a 5am. Detalles a las 2pm, en la #PrimeraEmisiónSIN por @ColorVisionC9 pic.twitter.com/rA5mxNc42P
Finalmente se autoriza la movilidad de empleados de empresas que brinden servicios funerarios, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales. También de empleados o contratistas de los sectores de hotelería, minería y zonas francas, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
? ¡Nuevo horario de toque de queda! El presidente @luisabinader promulgó el decreto 504-20, mediante el cual se extiende el toque de queda por 20 días más y se le varía el horario en todo el territorio nacional.#MinPresidenciaRD pic.twitter.com/haTt7FcNvE
— Ministerio de la Presidencia (@MinpreRD) September 28, 2020
Por último están entre las excepciones los empleados o contratistas de restaurantes que brinden servicios a domicilio de alimentos cocidos, los cuales podrán circular hasta las 11:00 p.m., exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.
Por: Noticias SIN