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viernes 06 diciembre 2024

Odebrecht: Condenan a Ángel Rondón y Díaz Rúa, 4 imputados absueltos

Patricia Chirinos / Noticias SIN

Santo Domingo.- El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional consideró este jueves que Ángel Rondón Rijo es responsable de los ilícitos de soborno y lavado de activos en el Caso Odebrecht.

“Comprometió su responsabilidad penal como autor del crimen de lavado de activos provenientes del soborno”, dictó el tribunal integrado por las magistradas Giselle Méndez, Tania Yunes y Jissel Naranjo.

Al final, sentenciaron a 8 años de prisión, al empresario Ángel Rondón, mientras al exministro de Obras Públicas, Víctor Díaz Rúa, a cinco años de cárcel, ambos deberán pagar la multa de 200 salarios mínimos.

El tribunal no acogió todos los requerimientos, ni acusaciones de los fiscales que por ejemplo en el caso de Ángel Rondón lo acusaban de asociación de malhechores, soborno y lavado de activos.

A Víctor Díaz Rúa le imputaron soborno, enriquecimiento ilícito, falsedad en las declaraciones juradas y lavado de activos, estos son los mismos delitos atribuidos al exsenador Tommy Galán.

Mientras que Andrés Bautista fue señalado por soborno, prevaricación, falsedad, enriquecimiento ilícito y lavado de activos.

Conrado Pittaluga, según la Fiscalía había incurrido en soborno, enriquecimiento patrimonial ilícito y lavado de activos, en tanto que a Roberto Rodríguez fue acusado de soborno, prevaricación, falsedad, enriquecimiento ilícito y lavado de activos.

Imputados absueltos

Las juezas del Primer Tribunal Colegiado absolvieron al abogado Conrado Pittaluga de la acusación de soborno, “por el hecho irrebatible de los pagos de los seis millones de dólares se encuentra en su poder y no han sido movilizados a través de acciones ascendentes a su ocultamiento”.

“La defensa ha presenta una duda razonable de que el imputado Conrado Pittaluga, puesto que el solo hecho del Ministerio Público indicar que los pagos hayan constituido un soborno, por haberlo realizado el departamento de operaciones estructuradas desde dos compañías offshores, no es suficiente ante la posibilidad de pagos privados o de otra naturalezas”, expresó la jueza Gissele Naranjo. 

Tras valorar la prueba aportada por el Ministerio Público, el tribunal constató que ni el imputado Víctor Díaz Rúa, como ministro de Obras Públicas y el abogado Conrado Pittaluga participaron en el proceso adjudicación del contrato de la obra autopista El Coral a la constructora Noberto Odebrecht.

“Esto es porque se puede constatar con la prueba aportada que para el momento en que estos imputados llegan a tener relación con la Autopista del Coral y con empresa Odebrecht, ya se había firmado tanto los contratos de adjudicación a hormigones Moya en fecha 4 de abril del 2003, así como se habían producido el memorando de entendimiento… es esta fecha que Odebrecht entra en la autopista El Coral”, dice la jueza.

En tanto, los inocentes son: el expresidente del Senado, Andrés Bautista; el abogado Conrado Pittaluga, el exdirector de Inapa, Juan Roberto Rodríguez y el exsenador Tommy Galán.

Vea el final del caso Odebrecht completo:

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