El derecho a la salud es un derecho fundamental que no siempre el Estado puede o hace cumplir

El problema es que la salud no espera, en este derecho fundamental se requiere prontitud, eficiencia y respuesta inmediata

Por Dra. Carmen Herrera Medrano

Pero cuando el estado no lo hace, es recomendable que las instituciones privadas, incluyendo personas morales y físicas puedan colaborar con personas enfermas carentes de recursos económicos.  Es muy frecuente ver personas enfermas, diagnosticadas con enfermedades catastróficas y que han agotado su seguro de salud, y otras que su diagnóstico no tiene cura en el país, ahí es cuando es preciso sumarse y asistir a estas personas vulnerables y más aún cuando se trata de niños, niñas o adolescentes.

Comprometida con el bienestar ajeno

Desde hace unas tres décadas que nos recibimos de abogada y nos motivamos a constituir un capítulo altruista en nuestra firma jurídica, donde siempre estamos colaborando con estas personas vulnerables, este tema se ha fortalecido más aún desde que llegamos al Show del Mediodía, pues encontré un Iván Ruiz sensible, siempre dispuesto a colaborar y sobre todo cuando se trata de niños, niñas o adolescente, siempre motivando y vinculando personalidades internacionales y con ¨el Dra. Usted puede ayudarnos¨ y ahí siempre estamos, confiada en Dios, pero no solo yo, sino sumando nuestros colaboradores de Oficina Jurídica Dra. Carmen Herrera, somos un gran equipo.

Derechos en formación

Recurso una entrevista que le realizada en Ensayo Jurídico al extinto jurista y Exjuez Vicepresidente de la Suprema Corte de Justicia Mag. Rafael Luciano Pichardo en torno a los derechos fundamentales establecidos constitucionalmente y que aún no se cumplen en su totalidad y otros que nunca se han cumplido, y él me dijo, ¨son derechos en formación, llamémosle así. ¨ 

¿Sera cuestión de tiempo?

El problema es que la salud no espera, en este derecho fundamental se requiere prontitud, eficiencia y respuesta inmediata, esperemos en Dios se asignen más recursos económicos para los medicamentos de alto costo, y además el estado se responsabilice de cubrir procesos internacionales, cuando sea la opción, reconociendo a tiempo la falta de competencias en los casos que apliquen.  Sin buscar culpables solo es necesario salvar vidas en tiempo oportuno.

 Ante lo indicado fíjense lo que establece nuestra carta magna.

Derecho a la salud. Toda persona tiene derecho a la salud integral. En consecuencia:

 1) El Estado debe velar por la protección de la salud de todas las personas, el acceso al agua potable, el mejoramiento de la alimentación, de los servicios sanitarios, las condiciones higiénicas, el saneamiento ambiental, así como procurar los medios para la prevención y tratamiento de todas las enfermedades, asegurando el acceso a medicamentos de calidad y dando asistencia médica y hospitalaria gratuita a quienes la requieran;

 2) El Estado garantizará, mediante legislaciones y políticas públicas, el ejercicio de los derechos económicos y sociales de la población de menores ingresos y, en consecuencia, prestará su protección y asistencia a los grupos y sectores vulnerables; combatirá los vicios sociales con las medidas adecuadas y con el auxilio de las convenciones y las organizaciones internacionales.

¿Y que les parece aquellos casos de pacientes menores de edad que necesariamente sus padres o tutores tienen que hacerlo público para lograr colaboración y sacarlo del país, ante su falta de recursos económicos y asistencia estatal?

Ante lo precisado, es natural que toda familia quiera que su pariente sea tratado en el extranjero, en virtud de que en muchos casos en el país no se cuenta con la respuesta idónea, además de su esperanza y fe férrea en que Dios lo resuelva todo, ellos como tales quieren hacer su parte, poner su pariente enfermo en manos de especialistas de la salud, centros especializados en el extranjero, a lo que tienen derecho.  Así que debemos saludar la decisión y valentía de cientos de familias que se disponen a buscar asistencia social pública.

El problema es que la salud no espera, en este derecho fundamental se requiere prontitud, eficiencia y respuesta inmediata

Por Dra. Carmen Herrera Medrano

Pero cuando el estado no lo hace, es recomendable que las instituciones privadas, incluyendo personas morales y físicas puedan colaborar con personas enfermas carentes de recursos económicos.  Es muy frecuente ver personas enfermas, diagnosticadas con enfermedades catastróficas y que han agotado su seguro de salud, y otras que su diagnóstico no tiene cura en el país, ahí es cuando es preciso sumarse y asistir a estas personas vulnerables y más aún cuando se trata de niños, niñas o adolescentes.

Comprometida con el bienestar ajeno

Desde hace unas tres décadas que nos recibimos de abogada y nos motivamos a constituir un capítulo altruista en nuestra firma jurídica, donde siempre estamos colaborando con estas personas vulnerables, este tema se ha fortalecido más aún desde que llegamos al Show del Mediodía, pues encontré un Iván Ruiz sensible, siempre dispuesto a colaborar y sobre todo cuando se trata de niños, niñas o adolescente, siempre motivando y vinculando personalidades internacionales y con ¨el Dra. Usted puede ayudarnos¨ y ahí siempre estamos, confiada en Dios, pero no solo yo, sino sumando nuestros colaboradores de Oficina Jurídica Dra. Carmen Herrera, somos un gran equipo.

Derechos en formación

Recurso una entrevista que le realizada en Ensayo Jurídico al extinto jurista y Exjuez Vicepresidente de la Suprema Corte de Justicia Mag. Rafael Luciano Pichardo en torno a los derechos fundamentales establecidos constitucionalmente y que aún no se cumplen en su totalidad y otros que nunca se han cumplido, y él me dijo, ¨son derechos en formación, llamémosle así. ¨ 

¿Sera cuestión de tiempo?

El problema es que la salud no espera, en este derecho fundamental se requiere prontitud, eficiencia y respuesta inmediata, esperemos en Dios se asignen más recursos económicos para los medicamentos de alto costo, y además el estado se responsabilice de cubrir procesos internacionales, cuando sea la opción, reconociendo a tiempo la falta de competencias en los casos que apliquen.  Sin buscar culpables solo es necesario salvar vidas en tiempo oportuno.

 Ante lo indicado fíjense lo que establece nuestra carta magna.

Derecho a la salud. Toda persona tiene derecho a la salud integral. En consecuencia:

 1) El Estado debe velar por la protección de la salud de todas las personas, el acceso al agua potable, el mejoramiento de la alimentación, de los servicios sanitarios, las condiciones higiénicas, el saneamiento ambiental, así como procurar los medios para la prevención y tratamiento de todas las enfermedades, asegurando el acceso a medicamentos de calidad y dando asistencia médica y hospitalaria gratuita a quienes la requieran;

 2) El Estado garantizará, mediante legislaciones y políticas públicas, el ejercicio de los derechos económicos y sociales de la población de menores ingresos y, en consecuencia, prestará su protección y asistencia a los grupos y sectores vulnerables; combatirá los vicios sociales con las medidas adecuadas y con el auxilio de las convenciones y las organizaciones internacionales.

¿Y que les parece aquellos casos de pacientes menores de edad que necesariamente sus padres o tutores tienen que hacerlo público para lograr colaboración y sacarlo del país, ante su falta de recursos económicos y asistencia estatal?

Ante lo precisado, es natural que toda familia quiera que su pariente sea tratado en el extranjero, en virtud de que en muchos casos en el país no se cuenta con la respuesta idónea, además de su esperanza y fe férrea en que Dios lo resuelva todo, ellos como tales quieren hacer su parte, poner su pariente enfermo en manos de especialistas de la salud, centros especializados en el extranjero, a lo que tienen derecho.  Así que debemos saludar la decisión y valentía de cientos de familias que se disponen a buscar asistencia social pública.

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