Fuente: Noticias SIN
SANTO DOMINGO.- La Junta de Aviación Civil (JAC) argumentó que para levantar las restricciones de viajes al país desde Reino Unido y Brasil, se tomó en consideración que un gran número de ciudadanos de esas naciones ya recibió la primera dosis de la vacuna contra el coronavirus, a pesar de la presencia de variantes del covid-19.
El organismo regulador de la aviación comercial en el país explicó que en el caso del Reino Unido, el 75% de la población adulta ya posee una primera dosis y casi la mitad de la población adulta (49.5%).
Mientras que en Brasil, alegó que el gobierno de ese país dio a conocer los resultados del Proyecto S, según los cuales, tras aplicar la vacuna Sinovac al 95% de la población adulta en el municipio de Serrana en febrero de 2021, las muertes por coronavirus entre la población se han reducido.
La decisión de la JAC de levantar las restricciones a Brasil y Reino Unido se produce en momentos en que las variantes del coronavirus provenientes de esas naciones se propagan en el territorio nacional, causando serios estragos en la población.
Esta resolución exonera a quienes provengan de esas naciones de no presentar prueba PCR negativa o de antígenos a su llegada a los aeropuertos de la República Dominicana.
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Hasta hace pocas horas, los viajeros procedentes de esas dos naciones a su entrada al país, tenían que presentar una prueba negativa PCR, con antelación de 72 horas de su entrada, como medida preventiva de evitar la propagación de las cepas contagiosas del coronavirus que afectan a esos países.
En tanto que el organismo emitió una nueva resolución donde se mantiene la presentación de pruebas PCR y de antígenos para los pasajeros que arriben al país desde Sudáfrica, además de incluir a la India, por el brote de nuevas variantes del SARS-COV-2.
Destacó asimismo, que los viajeros procedentes de Sudáfrica y la India, deben presentar prueba negativa, tomada con no más de 72 horas antes de su llegada.
La presente medida aplica a todos los pasajeros provenientes de Sudáfrica y la India que arriben a la República Dominicana, desde un tercer país.
Esta medida no aplica para los pasajeros en tránsito ni para los menores de edad, indica la resolución núm. 105-2021.