El tribunal determinó que la indemnización por daños y perjuicios era justificada debido a la mala práctica médica que resultó en un desenlace no deseado.
La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de la provincia de La Altagracia ha dictaminado una sentencia condenatoria contra el Dr. Ramón Antonio Saldaña, reconocido médico ortopeda y traumatólogo. La sentencia ordena al Dr. Saldaña pagar una compensación de RD$ 300,000.00 a favor del señor Ofelio Carpio Calderón.
El caso se remonta a una cirugía realizada por el Dr. Saldaña, donde se intentó extirpar un clavo incrustado en el fémur izquierdo del Sr. Carpio Calderón, que había permanecido allí durante 29 años. Sin embargo, el procedimiento no tuvo éxito, y el paciente quedó con el objeto aún en su cuerpo.
Según consta en el expediente judicial, el Dr. Saldaña informó al paciente al día siguiente de la cirugía que no había sido posible extraer el clavo, a pesar de la duración del procedimiento, que se extendió por casi dos horas.
El tribunal determinó que la indemnización por daños y perjuicios era justificada debido a la mala práctica médica que resultó en un desenlace no deseado. Se destacó que el médico no informó adecuadamente al paciente sobre la posibilidad de que la extracción fuera fallida.
La situación dejó al Sr. Carpio Calderón con dolores persistentes, trastornos psicológicos y daños en su sistema nervioso, lo que afectó su capacidad para trabajar y generó impactos negativos en su vida y la de su familia.
El Dr. Saldaña argumentó que los riesgos asociados con la extracción del clavo eran significativos y podían