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Sin dolientes | El Informe con Alicia Ortega

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El Informe. Transmitido por Color visión en vivo

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Por: José Morón / Color visión

Propiedades sin dolientes; así podría describirse el estado de los bienes tutelados por la oficina de custodia y administración de bienes incautados y decomisados (OCABID). Muchos de estos bienes se encuentran deshabitados, desatendidos, arrendados muy por debajo de su precio o en manos de desconocidos.

Según el actual director de la OCABID, Manuel Oviedo, las condiciones administrativas de la institución que recibió en agosto de 2020, era totalmente precaria. Esto con respecto a la aparente falta de un inventario con los bienes tutelados, además de lo obsoleto de los sistemas de registro. El nuevo director dice haber encontrado 75 bienes inmuebles entre solares, apartamentos, residencias y naves; a parte de montos de alquileres cuestionables.

Oviedo asegura que han realizado un trabajo de investigación en tribunales para la detección, vinculación y registro de la procedencia de bienes ilícitos vinculados a actos delictivos. Asimismo, señala que se encuentran actualmente en un proceso de inventario, documentando fotográfica y descriptivamente el estado de los inmuebles bajo la tutela de la oficina que preside.

Ley regulatoria de bienes incautados y decomisados.

En febrero del año pasado, el senado aprobó por cuarta ocasión el proyecto de ley sobre juicios de extinción de dominio para el decomiso civil de bienes ilícitos, esto con la finalidad de que el estado se apodere de propiedades originadas o vinculadas a la violación de leyes penales, y los bienes utilizados o que guarden vínculos con actividades delictivas. Para el director del OCABID, la aprobación de esta ley “beneficiaria grandemente al estado, porque pudiese recuperar de manera más expedita los bienes producto de actividades ilícitas, además de que agilizaría el proceso de incautación a través de acuerdos entre el Ministerio Público y la parte investigada para entregar el inmueble, sin esperar que concluya el proceso de investigación”.

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En la actualidad, se debe esperar la sentencia para poder disponer de bienes custodiados; de manera que, de aprobarse esta ley, será posible el decomiso civil de bienes aunque no hayan dictado sentencia que determine responsabilidad penal.  El proyecto de ley también establece que si los bienes están en el extranjero, se utilizaran los exhortos, los oficios, la asistencia jurídica internacional, así como los demás instrumentos legales, los tratados, acuerdos e instrumentos internacionales y las normas de reciprocidad entre los estados; tanto para la ejecución de la medidas cautelares y la decisión que intervenga.

Custodia bienes incautados dividida.

Según el decreto 571-05 de octubre de 2005, que regula la administración y destino de los  bienes incautados en los procesos penales, se determinó que estos pasaron a la unidad de custodia y administración de bienes incautados creada por la Procuraduría General, a los fines de hacer efectiva la obligación de custodia y conservación y fiscalización de bienes incautados, en los procesos penales. Tras los conflictos por el manejo de estos bienes, y los acuerdos no concretados al respecto, actualmente la OCABID se encuentra sin jurisdicción de los más de 1000 inmuebles, 20 aeronaves y 3 helicópteros, 2000 vehículos, 120 embarcaciones y 1500 animales que se encuentran en manos de la Procuraduría General y su dirección de bienes incautados.



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