El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRAT) ha aclarado que los extranjeros pueden conducir en el país con el permiso de su país de origen durante los primeros 90 días de su estancia.
De acuerdo con la Ley No. 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, todo conductor en la República Dominicana debe ser titular de una licencia de conducir correspondiente al tipo de vehículo y está obligado a portar la misma al circular por la vía pública.
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRAT) ha aclarado que los extranjeros pueden conducir en el país con el permiso de su país de origen durante los primeros 90 días de su estancia. Pasado este plazo, deben cambiar su licencia por una dominicana o obtener una nueva, dependiendo de su tipo de residencia.
El proceso para cambiar la licencia incluye una aprobación del consulado o misión diplomática del país de origen, presentar los documentos pertinentes y realizar los exámenes médicos necesarios. Para aquellos con residencia en el país, la licencia será válida durante el período de la misma.
El caso reciente de Scarlet Valentina Mujica, acusada de atropellar a Julio César de la Rosa, ha destacado la importancia de cumplir con estos requisitos. Mujica estaba en proceso de regularizar su licencia tras haber comprado su vehículo recientemente.
Las sanciones por no cumplir con la ley incluyen multas que varían entre 1 y 5 salarios mínimos. Además, la no renovación de la licencia se considera una falta administrativa, sancionada con una multa equivalente al costo del servicio multiplicado por los años de retraso.