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Momento histórico para los inmigrantes, con la entrada en vigor de la nueva Regla de Carga Pública.

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El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) implementará la regla final de Inadmisibilidad para todos los inmigrantes, con motivo la aplicación de la citada regla de Carga Pública, la cual se aplicará en todos los estados de los EE. UU., incluyendo a Illinois, que en principio estaba fuera por una decisión judicial preliminar, la cual ha quedado sin efecto por mandato del Tribunal Supremo aprobada el pasado veintiuno de este mes de febrero.

Como hemos divulgado recientemente ya las peticiones las estamos iniciando mediante la plataforma digital de USCIS, tomando en consideración las nuevas disposiciones,  y en canto a las peticiones que han sido remitidas vía mensajería privada y personalizada se tomará en cuenta la fecha del sello que indica el recibo de mensajería.

COMO AFECTA LA NUEVA REGLA A LOS QUE YA ESTAN EN LOS EE. UU.

Con la aplicación de la citada regla también se  pretende determinar, si un extranjero es inadmisible e inelegible para ajustar su estatus al de residente permanente en Estados Unidos, debido a la probabilidad de que dicho extranjero se convierta en una carga pública en algún momento futuro, de acuerdo con la sección 212 (a)(4) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad.  La cual indica, cito: ¨ (A) Cualquier extranjero, que según la opinión del Oficial Consular al momento de solicitar la visa, o según la opinión del Fiscal General al instante de solicitar su admisión o ajuste de estatus, tenga una gran probabilidad de convertirse en una carga publica en cualquier momento, es inadmisible. (B), Factores a tomar en consideración, (i) Para determinar si un extranjero es excluible bajo esta cláusula, el Oficial Consular o el Fiscal General debe como mínimo considerar los siguientes factores del extranjero:  I) edad, II), salud, III) estatus familiar, (IV) activos, recursos, estado financiero; y (V) educación y habilidades; (ii) además de los factores bajo la cláusula (i), el Oficial Consular o el Fiscal General pudiera inclusive considerar cualquier declaración jurada bajo la sección 213ª, con fines de exclusión de este párrafo.

SE EXPEDIRAN FIANZAS POR CONCEPTO DE CARGA PUBLICA

La regla final también revela la autoridad que tiene USCIS para expedir fianzas por concepto de carga pública en el contexto de las solicitudes de ajuste de estatus, la carga pública incluye un requerimiento de que los extranjeros que desean obtener una extensión de su estadía de no inmigrante o cambiar su estatus de no inmigrante demuestren que no han recibido beneficios públicos por encima del límite establecido desde que obtuvieron el estatus de no inmigrante que desean extender o cambiar.

BENEFICIOS QUE AFECTAN LA CARGA PUBLICA

Se verán afectadas las personas que reciban ayudas sobre vivienda, (Sección 8, Ley de Vivienda de los EE UU., del año 1937), alimentos, la salud en cuanto a las enfermedades infectocontagiosas.

El USCIS define como “carga pública” a una persona que “probablemente se convierta en dependiente del gobierno para su subsistencia”.

 “Al determinar si un extranjero cumple con esta definición de inadmisibilidad de carga pública, se consideran una serie de factores que incluyen: edad, estado de salud, estado migratorio familiar, activos, recursos, estado financiero, educación y habilidades” del extranjero que solicita un beneficio migratorio o un ajuste de estado.  Del mismo modo agrega, que ningún factor único, aparte de la falta de una declaración jurada de apoyo, si es necesario, determinará si un individuo es una carga pública.

Entre los beneficios sujetos a consideración de cargo público, la guía de USCIS especifica que la asistencia en efectivo para el mantenimiento de ingresos “incluye Ingresos de Seguridad Suplementarios (SSI), asistencia en efectivo del programa de Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF) y programas estatales o locales de asistencia en efectivo para el mantenimiento de ingresos, a menudo llamados programas de ‘asistencia general’».

“La aceptación de estas formas de asistencia pública en efectivo podría hacer que una persona sea inadmisible como carga pública si se cumplen todos los demás criterios”, advierte. Sin embargo, la regla indica, que “el mero recibo de estos beneficios no hace que una persona sea inadmisible, no sea elegible para ajustar su estatus a residente permanente legal o deportable por motivos de carga pública”.

Señala el Servicio de Inmigración  además que “cada determinación se realizará caso por caso en el contexto de la totalidad de las circunstancias”. (Cada caso será único).

De igual manera indica el UCIS,  que “la asistencia pública, incluida Medicaid, que se utiliza para apoyar a los extranjeros que residen en una institución para atención a largo plazo, como un hogar de ancianos o una institución de salud mental, también puede considerarse como un factor adverso en la totalidad de las circunstancias para propósitos de determinaciones de carga pública”.

La regla final, que se publicó el 14 de agosto del año pasado en el Registro Federal (diario oficial estadounidense), modifica las regulaciones del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y prescribe la manera en cómo esta dependencia federal determinará si una persona solicitando admisión a Estados Unidos o el ajuste de estatus (la tarjeta verde) “es inadmisible”, sea porque se trata o es probable que en cualquier momento “se convierta en una carga pública”.

Cabe destacar que no todos los extranjeros se verán afectados, de acuerdo a el Defensor del Pueblo (Ombudsman) de la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS). “La regla final exime a ciertas personas, como los titulares de visas «U» y «T», víctimas de violencia intrafamiliar, asilados, refugiados y otras categorías”.

Activistas que defienden los derechos de los inmigrantes señalan que la falta de información, y la incertidumbre generada tras el primer anuncio del gobierno, ha tenido impacto en la comunidad, y denuncian que muchos extranjeros con hijos estadounidenses los han retirado de programas para los cuales califican legalmente por miedo a ser afectados en trámites de legalización futuros.

¿AFECTARIA LA REGLA DE CARGA PÚBLICA A LOS TURISTAS?

Los beneficiarios del visado de turismo o placer b1/b2, también estarán en la mira, de acuerdo al uso de su visado, podrán ser cuestionados sobre su estancia en los EE. UU., de igual manera al recibir beneficios que no les corresponden por su condición de No inmigrantes.

En torno a los Estudiantes Extranjeros, EE. UU., no los dejará como hasta ahora, ya están en los aprestos de un nuevo reglamento que traerá cambios en la estadía de estos estudiantes, y además se les exigirán nuevos permisos, siempre que se les presenten cambio en su pensum estudiantil.

El peligro para los estudiantes seria, que  las nuevas normas  no le cobijen en la actualidad, y aquellos que se encontraban legal, pudiesen caer automáticamente  en una irregularidad.

Recomendamos asesorarse de la manera idónea antes de asistir a una entrevista para fines de regularización de estatus, reunificación familiar,  aplicación de visado de turismo o placer, e iniciar cualquier viaje o actividad, petición o continuidad de un expediente ya iniciado, a fin de evitar inadmisibilidad que podrían convertirle en inelegible.

DRA. CARMEN HERRERA

Experta en Derecho de Familia y Migratorio

Instagram: dracarmenherrera

Correo Electrónico: cjhm30@gmail.com

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