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Hacer cumplir las normas en torno a la Nacionalización del Trabajo, Ley General de Migración y su Reglamento No. 631-11

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Dra. Carmen Herrera Experta en Derecho de Familia y Migratorio

El tema de la nacionalización del trabajo ha sido uno los grandes desafíos del país, estrechamente vinculado al tema migratorio

En ese sentido, generalmente el empresariado se ha beneficiado de manera considerable ante los tímidos e inaplicables controles desde el año 1992, a los que  el mencionado sector empresarial ha estado acostumbrado.  En ese orden se ha impuesto la coordinación con el Ministerio de Trabajo a fin de que se tomasen medidas oportunas como la recién declarada por el Consejo Nacional de Migración, el cual otorgó mediante resolución  un plazo de tres meses a los empresarios y personas físicas que tienen contratadas a personas extranjeras de forma irregular, para que regularicen sus estatus durante ese período, porque de lo contrario serán sancionados con multas que van de cinco a treinta salarios mínimos. 

El propósito de la referida decisión ha sido ordenar el cumplimiento a la Nacionalización del Trabajo, establecida de manera precisa en el Código o Ley Laboral No. 16-92, mediante el articulo No. 135, el cual indica. ¨ El ochenta por ciento por lo menos, del número total de los trabajadores de empresa debe estar integrado por dominicanos.¨  Así como hacer cumplir los artículos del 136 al 140 del  referido Código o Ley laboral No. 1692.

La idónea decisión se enmarca dentro de los planes del gobierno dominicano en torno a la política migratoria del país, la cual dirige el Ministerio de Interior y Policía, quienes a través de su Ministro, Jesús Vásquez “Chú”, han declarado que una vez vencido el plazo establecido, todas las empresas o empleadores que requieran los servicios laborales de extranjeros, deberán contratarlos de conformidad con los parámetros legales establecidos en la norma migratoria y laboral de la República Dominicana, debiendo cumplir para ello con el procedimiento y los requisitos establecidos en la Ley 285-04, su Reglamento de aplicación 631-11, así como las legislaciones y normativas laborales aplicables.

Debemos estar esperanzados en que la referida decisión promoverá la contratación de la mano de obra dominicana, y que además garantizará el registro de los expatriados ante  el Seguro Nacional de Salud (SENASA), y al estar registrados en el Ministerio de Trabajo, cumpliendo la norma, recibirán los salarios oficiales de ley, por ser lo justo.

Las reacciones del sector empresarial.

Una parte del mencionado sector se ha pronunciado en favor de la medida, otros se mantienen en total silencio; el transcurrir de los días nos reflejará la real disposición de aceptación, cumplimiento o no, de la nueva medida.

El régimen de sanciones.

Una vez vencido el plazo límite anteriormente descrito, todas las empresas o empleadores que requieran los servicios laborales de ciudadanos extranjeros, deberán contratarlos de conformidad con los parámetros legales establecidos en la normativa migratoria y laboral de la República Dominicana. Para ello deben cumplir con el procedimiento y los requisitos establecidos a tales fines en la Ley General de Migración No. 285-04 y su Reglamento de Aplicación No. 631-11.

Evitar el ingreso de mujeres embarazadas.

El Estado dominicano tomará todas las medidas necesarias, en cumplimiento de la Ley, para evitar el ingreso a la República Dominicana de todo ciudadano o ciudadana de nacionalidad extranjera que implique cargas públicas  irrazonables económicas, incluyendo mujeres que se encuentren en estado de comprobada gestación igual o posterior a los seis meses.

La colaboración y vigilancia para hacer cumplir la nueva norma.

Los Ministerios de Trabajo, Relaciones Exteriores y la Dirección General de Migración, técnicamente hablando, bajo la súper vigilancia del Ministerio de Interior y Policía, son los actores relevantes para facilitar a las empresas en el tiempo oportuno la aprobación de los expedientes que cumplan con los requisitos, sin dicha colaboración no será posible la regularización en el plazo otorgado.

La indicada disposición, ha reflejado la firme decisión del gobierno dominicano en hacer cumplir las leyes laborales y migratorias, lo que se traducirá en amplios beneficios para los propios dominicanos y los extranjeros que nos visitan.

Dra. Carmen Herrera

Experta en Derecho de Familia y Migratorio

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