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POR: NOTICIAS SIN
SANTO DOMINGO.- El abogado penalista Eduardo Núñez consideró hoy incorrecta la prohibición que se impuso a los medios de comunicación para que no transmitan los testimonios de los testigos en el caso Odebrecht, debido a los avances tecnológicos la incomunicación de los declarantes es imposible por lo que la decisión no alcanza su objetivo.
“En términos prácticos la decisión no alcanza su objeto que es evitar el contacto entre testigos (…) al final lo que se termina afectando es el derecho a información, que naturalmente tiene todo ciudadano, a saber qué pasó con el patrimonio del estado”, dijo Núñez en el programa El Despertador.
Explicó que en términos reales ya el avance tecnológico no permite que un testigo esté realmente aislado de todo porque si bien no se comunican en juicio se comunican por WhatsApp cuando salen de audiencia o por teléfono.
El viernes tribunal que conoce el juicio de fondo del caso Odebrecht decidió que se suspenda la transmisión en vivo de la audiencia a través del Poder Judicial y que los medios se abstengan de difundir la declaración de los testigos.
“Por la cantidad de testigos, las condiciones sanitarias, esa incomunicación material no es posible, lamentablemente disponer de un espacio donde hagamos coincidir a 200 tantas personas para garantizar que no se expongan a la declaración de otros testigos”, dijo la jueza presidenta.
Aclaró que es legítima la limitación que pidieron los abogados, que el código lo permite. Pero que también habría sido posible la transmisión del juicio. “Nos encontramos ante dos decisiones que son legales y correctas en donde los que tienen que decidir son los jueces”, aseguró.
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Pese a esto, afirmó que “lo que no es correcto para nada es que se prohíba transmisión diferida porque una vez pasa la fase de producción de pruebas testimoniales, que es donde se encuentra el juicio ahora, perfectamente deberían los medios de comunicación poder transmitir todo el juicio”.
“Eso no quiere decir que los medios de comunicación no puedan realizar en toda su extensión el trabajo de comunicación que deben realizar. Lo único a lo que deben abstenerse los medios de comunicación es a difundir los videos y el contenido de las declaraciones de los testigos que se estén presentado en este juicio”, dice la decisión de las juezas.
“Las grabaciones que los medios de comunicación deben de tener y al final de la parte de producción de pruebas es inclusive un elemento de transparencia y un elemento de publicidad. Lo que bajo ninguna circunstancia puede confundirse es que la publicidad del juicio y la participación de los medios de comunicación sean sinónimos o equivalentes”, concluyó.
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